La legislación española define la evaluación de impacto ambiental -EIA- como "un proceso de análisis encaminado a identificar, predecir, interpretar y valorar, prevenir y comunicar el efecto de un proyecto sobre la salud y el bienestar humano, incluyendo los ecosistemas naturales". Finalizada la etapa técnica, se abre, con carácter forzoso una etapa de participación ciudadana, previa al dictamen final de la administración pública. La administración española -al igual que la de numerosos países- obliga a la realización de EIA a las siguientes actividades: refinerías de petróleo y plantas de gasificación y licuefacción, centrales térmicas y nucleares, plantas de tratamiento o almacenamiento de residuos nucleares, instalaciones siderúrgicas integrales, instalaciones de extracción, tratamiento, manipulación y transformación del amianto, plantas químicas integradas, obras públicas (autopistas, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, presas), plantas de tratamiento de residuos tóxicos y peligrosos, repoblaciones forestales y extracciones mineras.
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